Cada año, miles de solicitudes de visado y de autorización de residencia en España se retrasan o se deniegan por el mismo motivo: un seguro de salud que no cumple los requisitos. No porque el solicitante no tuviera seguro, sino porque contrató uno que a ojos del consulado o de la oficina de extranjería no sirve.
La buena noticia es que los requisitos son claros y, sabiéndolos de antemano, contratar la póliza correcta es sencillo. Vamos por partes.
¿Por qué te piden un seguro de salud?
España exige que quien viene a residir sin cotizar todavía a la Seguridad Social tenga cubierta su asistencia sanitaria por medios propios. El seguro privado es la forma de acreditarlo. La lógica de la Administración es simple: tu estancia no debe suponer ningún coste para el sistema público de salud.
Qué trámites exigen seguro médico
| Trámite | Tipo de seguro exigido |
|---|---|
| Visado de residencia no lucrativa | Seguro de salud completo, sin copagos ni carencias |
| Visado de estudiante (y renovación de TIE) | Seguro de salud completo; se suele exigir también repatriación |
| Visado de nómada digital / teletrabajo | Seguro de salud completo con aseguradora autorizada en España |
| Arraigo y otras autorizaciones de residencia | Seguro de salud completo, según el caso |
| Reagrupación familiar | Cobertura sanitaria para el reagrupado (privada si no cotiza) |
| Visado Schengen de corta duración (turismo, <90 días) | Seguro de viaje con cobertura médica mínima de 30.000 € |
Los cuatro requisitos que debe cumplir la póliza
- Aseguradora autorizada a operar en España. La compañía debe estar registrada ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Las pólizas internacionales contratadas desde tu país suelen quedar fuera y son motivo de rechazo.
- Cobertura completa, equivalente a la sanidad pública. Medicina general, especialistas, hospitalización, cirugía y urgencias en todo el territorio español. Las pólizas de "solo urgencias" o solo ambulatorias no sirven.
- Sin copagos. El solicitante no debe tener que pagar nada por cada consulta o prueba. Muchos consulados rechazan expresamente las pólizas con copago, aunque sean baratas.
- Sin periodos de carencia. La cobertura debe ser efectiva desde el primer día. Una póliza con 6 meses de carencia en hospitalización puede tumbar el expediente.
Además, la vigencia debe cubrir todo el periodo solicitado (normalmente un año completo, renovable) y conviene que el certificado indique expresamente "sin copagos y sin carencias" — los funcionarios lo buscan literalmente.
Errores que provocan denegaciones
- Presentar un seguro de viaje en un trámite de residencia.
- Contratar una póliza con copagos porque era 15 € más barata al mes.
- No revisar las carencias: la póliza parecía completa, pero la hospitalización no cubría hasta el mes 8.
- Aseguradora no autorizada en España (pólizas "expat" internacionales).
- Certificado en un idioma o formato que el consulado no acepta.
¿Cuánto cuesta un seguro de salud para visado?
Depende de la edad y de la aseguradora. Como referencia orientativa para pólizas completas sin copagos:
| Edad | Precio orientativo |
|---|---|
| 18 – 30 años | 50 – 70 €/mes |
| 31 – 45 años | 60 – 90 €/mes |
| 46 – 60 años | 90 – 140 €/mes |
| Más de 60 años | desde 140 €/mes |
El pago anual por adelantado suele tener descuento y, además, refuerza el expediente: demuestras que la cobertura está garantizada para todo el periodo.
Cómo lo gestionamos en Buendía Mediación
Trabajamos con las principales aseguradoras de salud autorizadas en España (ASISA, DKV, Adeslas…) y sabemos qué exige cada consulado y cada oficina de extranjería. Nos encargamos de que la póliza cumpla los cuatro requisitos, emitimos el certificado para el expediente (también en inglés si lo necesitas) y te acompañamos en las renovaciones anuales de la autorización.
